Cuatro policías se sientan en el banquillo por mutilar el ojo a un manifestante

Por Tomás Muñoz

Periodista de El Salto.

El juicio en la Audiencia de Barcelona por la mutilación con balas de goma de Roger Español el 1 de octubre de 2017 contará con seis organizaciones internacionales como observadoras

Roger Español perdió la visión del ojo derecho tras recibir un impacto con bala de goma, disparada por la policía, en las inmediaciones del colegio Ramon Llull, en el contexto del referéndum de autodeterminación celebrado en Catalunya.

Roger Español perdió su ojo por un disparo de balas de goma el día del referendum del 1 de octubre en Catalunya.
Roger Español perdió su ojo por un disparo de balas de goma el día del referendum del 1 de octubre en Catalunya.

Es la única víctima de las 1066 personas heridas por la violencia policial de aquel día que ha conseguido que su caso llegue a juicio. Un escopetero, un inspector y dos subinspectores de la Policía Nacional se sientan en el banquillo de los acusados por su responsabilidad en los hechos que dejaron a Español mutilado. “Estamos aquí para llegar hasta el final”, ha dicho la víctima a la entrada a los juzgados.

La víctima ha sido acompañada por una concentración convocada por las entidades que ejercen la acusación popular (Irídia, Òmnium Cultural y la Assemblea Nacional Catalana), así como las entidades que han puesto en marcha la campaña #JustíciaPerRoger (Stop Bales de Goma, Alerta Solidària, Novact y CIIVO). “Hemos podido llegar a este juicio; ha habido muchos cambios en mi vida y la dificultad ha sido muy grande. Estamos aquí con todas las pruebas y no entenderíamos que no hubiera una sentencia de culpabilidad. Estamos aquí también para acabar de una vez por todas con la impunidad policial, que persigue el movimiento independentista”, ha afirmado Español.

La directora de Irídia, Anaïs Franquesa, ha asegurado que es “un juicio histórico” después de nueve años de trabajo.

'Todo esto no es contra el pueblo español, es contra la política española'.
‘Todo esto no es contra el pueblo español, es contra la política española’.

Franquesa considera que en este juicio “no está en juego solo que se haga justicia para Roger Español, sino también poner los límites de la brutalidad policial del 1 de octubre en muchas escuelas”. Franquesa ha recordado que “es la primera vez que llegamos a un juicio de estas características donde la discusión no es quién disparó”.

La acusación sostiene que los mandos policiales autorizaron el uso de 17 balas de goma y 48 salvas sin que se dieran los supuestos reglamentarios. Además, apuntan que el ejecutor del disparo, el escopetero, lo hizo tras identificar a la víctima por un incidente previo, y le disparó hasta en tres ocasiones a una distancia no reglamentaria (la acusación lo cifra en 14,2 metros) con una “obstinada voluntad de causar daño”. Esta agresión supuso, además de la pérdida del ojo derecho, un trauma que ha causado daños psicológicos severos y la incapacidad de la víctima para continuar ejerciendo su profesión.

Por su parte, la Fiscalía solicita la absolución total de los cuatro funcionarios al entender que “su actuación estuvo amparada por el cumplimiento del deber”. De acuerdo con el escrito del Ministerio Público, los hechos se desencadenaron tras la intervención en el colegio Ramon Llull, cuando entre 600 y 800 personas bloquearon el paso de los furgones policiales en el cruce de las calles Sardenya y Diputació durante unos 45 minutos. La Fiscalía argumenta que, “tras intentar una mediación e indicar por megafonía la dispersión sin éxito, los agentes sufrieron lanzamientos de vallas y adoquines”.

El tribunal tendrá que determinar si la actuación de los agentes contra Roger Español fue un uso legítimo de la fuerza o si constituye un delito de tortura y de lesiones dolosas agravadas, y qué grado de responsabilidad, tanto individual como en la cadena de mando, tuvieron cada uno de los acusados. La calificación jurídica de los hechos es especialmente determinante a la luz de la Ley Orgánica 1/2024, de amnistía. El artículo 2 excluye expresamente de su ámbito de aplicación determinados actos intencionados, entre los cuales “los que causan la pérdida o la inutilidad de un órgano o de un sentido”, y los actos constitutivos de tortura o de tratos inhumanos o degradantes en el sentido del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La Audiencia de Barcelona ya rechazó aplicar la amnistía a los cuatro agentes acusados al considerar que había indicios suficientes de criminalidad para llevarlo a juicio, puesto que los hechos podrían encajar en estas excepciones.

Los precedentes judiciales anteriores, desfavorables

Los intentos de depurar responsabilidades y obtener reparación jurídica por parte de otras víctimas de hechos similares nunca concluyeron con condena de los responsables. El primer precedente de un juicio similar es el caso de Carlos Guillot, de Stop Bales de Goma, que perdió su ojo en el desalojo del centro social la Kasa de la Montaña, en 2001. La sentencia de su caso estableció que la víctima estaba en lugar equivocado en el momento equivocado y el escopetero de la Policía Nacional que lo mutiló se libró de cualquier responsabilidad.

Otras tres víctimas de hechos similares, sucedidos en actuaciones policiales en celebraciones de títulos conseguidos por el F.C. Barcelona, tampoco consiguieron depurar responsabilidades. En todos los casos los policías que les mutilaron fueron exonerados de cualquier responsabilidad. Tampoco hubo justicia en el caso de Ester Quintana, que fue herida cuando se iba de una manifestación con motivo de la huelga general de 2012. Otras tres personas más sufrieron la misma mutilación durante las protestas por la sentencia del Procés, y otra joven también fue mutilaea del ojo durante las protestas contra el encarcelamiento del rapero Pablo Hasél. En este último caso,los jueces de la Audiencia de Barcelona exoneraron a los agentes y le atribuyeron a la víctima la responsabilidad de la mutilación por encontrarse voluntariamente en un lugar de riesgo.

Seis organizaciones como observadoras independientes en el juicio

Para hacer un seguimiento independiente, seis organizaciones internacionales de derechos humanos han constituido una misión de observación judicial que asistirá a todas las sesiones del juicio. La misión reúne representantes y personas expertas de seis organizaciones: Amnistía Internacional, la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), que reúne más de 200 organizaciones de 90 países y tiene una larga trayectoria en la prevención y la erradicación de la tortura; INCLO (Red Internacional de Organizaciones de Libertades Civiles), formada por organizaciones de todo el mundo expertas en derechos de manifestación y en el uso de la fuerza y de armas menos letales; REDRESS, especializada en tortura, acceso a la justicia y derechos de las víctimas, ICHRP–España, con pericia en estándares y mecanismos internacionales de derechos humanos y protección del espacio cívico; y DqD (Defender a quien Defiende), centrada en derechos humanos, participación democrática y protección del espacio cívico.

El caso se enmarca, además, en una preocupación internacional creciente. El Comité contra la Tortura de la ONU, en su examen de España del 2023, expresó inquietud por las lesiones graves —y en particular las lesiones oculares— causadas por proyectiles de impacto cinético de goma y foam en la gestión de manifestaciones y en el control de fronteras, e instó al Estado a garantizar investigaciones rápidas e imparciales, a juzgar y sancionar adecuadamente los responsables y a proporcionar reparación integral a las víctimas .

En la misma línea, mecanismos y tribunales internacionales han reconocido que el uso excesivo o desproporcionado de la fuerza durante las protestas puede llegar a constituir tortura u otros maltratos, también cuando se utilizan armas menos letales: el protocolo de las Naciones Unidas para las fuerzas de seguridad (A/HRC/55/60) recuerda que esta prohibición es absoluta y inderogable y se aplica en todo momento, incluso cuando se considera que una protesta ha dejado de ser pacífica.


Fuente: El Salto

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